Evaluación de Riesgos: Montajes Electromecánicos
Trabajadores Afectados por los Riesgos en las Obras
MEDIDAS PREVENTIVAS
Normas de actuación
5ª. DELIMITACIÓN DE LA ZONA DE TRABAJO:
Si hay elementos de una instalación próximos a la zona de trabajo
que tengan que permanecer en tensión, deberán adoptarse medidas
de protección adicionales, que se aplicarán antes de iniciar el trabajo
(se considerarán trabajos en proximidad o bien trabajos en tensión).
La señalización se llevará a cabo mediante frases o señales con dibujos,
del peligro existente. Se trata de dar información al operario u otras
personas para evitar accidentes. Además de esto, se debe delimitar
la zona de trabajo mediante vallas, cintas o cadenas. Normalmente
se emplea el color rojo para indicar peligro. En aquellos trabajos que
se desempeñen en subestaciones SAT en funcionamiento, se colocará
siempre señalización especial.
- Reposición de la tensión:
Sólo se comenzará una vez finalizado el trabajo, después de que hayan
retirado todos los trabajadores que no resulten indispensables y que
se hayan recogido de la zona de trabajo las herramientas y equipos
utilizados.
Las etapas de reposición de la tensión serán:
1ª. La retirada, si las hubiera, de las protecciones adicionales y de
la señalización que indica los límites de la zona de trabajo.
2ª. La retirada, si la hubiera, de la puesta a tierra y en cortocircuito.
3ª. El desbloqueo y/o la retirada de la señalización de los dispositivos
de corte.
4ª. El cierre de los circuitos para reponer la tensión.
Desde el momento en que se suprima una de las medidas inicialmente
adoptadas para realizar el trabajo sin tensión en condiciones de
seguridad, se considerará en tensión la parte de la instalación afectada.
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En los trabajos en proximidad de tensión debe haber siempre alguien
presente con conocimientos eléctricos (autorizado / cualificado RD614).
En proximidad de AT tiene que estar presente un recurso preventivo
(formación mínima de Nivel Básico en PRL). El cliente debe solicitar
este tipo de trabajos al mando dISASTUR (no al trabajador).
Los trabajadores sólo podrán hacer estos trabajos con el visto bueno de
su mando.