Cuestiones previas
2. Información, formación y protección
Nuestros trabajadores recibirán periódicamente formación sobre las materias
contenidas en este Manual.
ISASTUR está obligada a proporcionar a sus trabajadores los
Equipos de Protección Individual necesarios y tiene, además, la obligación
de exigir y vigilar su utilización, corrigiendo las desviaciones que se produzcan.
Para ilustrar este deber de la Empresa, se reproducen aquí parcialmente,
tres sentencias al respecto, dos del Tribunal Supremo y otra del Tribunal
Central de Trabajo:
- "... es obligación de la Empresa no solamente poner a disposición de sus
empleados las prendas ordenadas, sino obligar a que las lleven puestas ...,
siendo responsable de tal omisión y de los daños y perjuicios que ello pueda
causar".
- "... sería preciso, para que la Empresa estuviera exenta de responsabilidad,
que hubiese demostrado que exigía a sus trabajadores la utilización de
dichos medios de protección personal".
- "... cualquier persona que asuma la realización de una tarea con mando
sobre otros y con función de vigilancia y cuidado tiene la obligación de
conocer, cumplir y hacer cumplir y exigir coactiva e imperativamente, el
cumplimiento cabal y exacto de las cautelas y prevenciones establecidas
por las normas de seguridad".
A todos nuestros trabajadores se les entregan los siguientes Equipos de
Protección Individual, con carácter de Equipo Personal:
- Casco de Seguridad.
- Botas de Seguridad.
- Ropa de trabajo: funda, chaqueta, pantalón, etc.
- Gafas de Seguridad.
- Guantes de Seguridad para trabajos mecánicos.
Todos los trabajadores tienen a su disposición, arneses anticaídas, líneas de
anclaje, guantes dieléctricos, mascarillas antipolvo, protectores auditivos,
guantes, pantallas y mandiles de soldador, etc, que les serán entregados en
obra en función de los riesgos existentes.