Son también factores nocivos que pueden estar presentes en el puesto de trabajo y cuya existencia puede comportar un riesgo de enfermedad profesional que puede llevar a la incapacidad para desarrollar el propio trabajo.
Entre ellos, los más habituales en los trabajos de ISASTUR son:
El ruido comporta un riesgo permanente para la salud de los trabajadores. En los ambientes industriales el ruido suele ser elevado y a la vez molesto y es una de las causas más importantes de lesiones.
La exposición al ruido tiene asociadas diferentes enfermedades profesionales que se manifiestan de las siguientes maneras:
El Real Decreto 286/2006, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido durante el trabajo, establece las obligaciones que deben cumplir empresarios y trabajadores para evitar los daños producidos por el ruido.
El cuadro que se muestra a continuación resume dichas obligaciones:
EXPOSICIÓN (dBA) |
INFORMAR FORMAR |
CONTROL MÉDICO |
USO PROTECCIÓN |
MEDICIONES | SEÑALIZAC. |
Exposición > 87 (Pico>140dBC) |
Sí | Cada 3 años |
Obligatorio | Cada año | Sí |
Exposición > 85 (Pico>137dBC) | Sí | Cada 3 años | Obligatorio | Cada año | Sí |
Exposición > 80 (Pico>135dBC) | Sí | Cada 5 años | Aconsejable* | Cada 3 años | Sí |
* Si el trabajador sufre pérdida auditiva, el Servicio de Vigilancia de la Salud indica que debe utilizar protección auditiva en ambientes ruidosos, es decir, a partir de los 80dBA. |
Para evaluar el valor límite de exposición al ruido (87 dBA, 140dBC pico), se tendrá en cuenta la atenuación obtenida con los protectores auditivos usados. Para determinar los valores superior/inferior que dan lugar a acción por parte del empresario, no se considerarán, por el contrario, las atenuaciones obtenidas mediante el uso de protecciones auditivas.
Para disminuir el ruido en las empresas pueden adoptarse medidas de tipo técnico u organizativo.