Acceso a recintos de servicio y envolventes de material eléctrico
El acceso a recintos independientes destinados al servicio eléctrico o a la
realización de pruebas o ensayos eléctricos (centrales, subestaciones,
centros de transformación, salas de control o laboratorios), estará
restringido a:
Cuando en el recinto no haya personal de servicio, las puertas deberán permanecer cerradas de forma que se impida la entrada del personal no autorizado.
La apertura de celdas, armarios y demás envolventes de material eléctrico
estará restringida a trabajadores Autorizados.
El acceso a los recintos y la apertura de las envolventes por parte de los
trabajadores Autorizados sólo podrá realizarse con el conocimiento y
permiso del titular de la instalación y, en caso de que fuéramos subcontrata,
también de nuestro cliente.
Obras y otras actividades en las que se produzcan movimientos o
desplazamientos de equipos o materiales en la cercanía de líneas aéreas,
subterráneas u otras instalaciones eléctricas.
Para la realización de actividades en las que se producen o pueden producir movimientos o desplazamientos de equipos o materiales cerca de líneas aéreas, subterráneas u otras instalaciones eléctricas deberán cumplirse las siguientes normas de seguridad:
Para determinar las zonas de peligro y proximidad y poder delimitar la zona de trabajo y las vías de circulación, se tendrán en cuenta especialmente:
Equipos de Protección Individual
EPI's básicos, (casco, calzado y gafas de seguridad) además de la ropa de
trabajo de la Empresa.
Para la preparación de los trabajos en BT: EPI´s básicos y kit de TET en
BT.
Kit para trabajos con riesgo eléctrico